jueves, 18 de noviembre de 2010

CARTA ABIERTA A LA COMUNIDAD BLUSERA DE MEXICO.

RECIENTEMENTE HE RECIBIDO UNA SERIE DE AMENAZAS ANONIMAS Y COBARDES , NO SE LES PUEDE LLAMAR DE OTRA MANERA , POR EL SIMPLE HECHO DE DAR MI OPINION ACERCA DE LA SITUACION DEL BLUES EN MEXICO.
SE TRATA DE COARTAR MI LIBERTAD DE EXPRESION , QUE ES UN DERECHO FUNDAMENTAL , UN DERECHO HUMANO Y UN DERECHO CONSTITUCIONAL.
ESTE O ESTOS DICTADORES QUE RAYAN EN LO RIDICULO Y EN LO HITLERIANO , SE OLVIDAN QUE LA DIFERENCIA DE OPINIONES ES VITAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO CULTURAL Y ARTISTICO DE UNA SOCIEDAD.
EN MIS ESCRITOS , SIEMPRE HE SIDO RESPETUOSO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS MUSICOS , AUTORES, ORGANIZADORES , PROMOTORES , CRITICOS QUE SE DEDICAN O TIENEN QUE VER ALGO CON EL BLUES.
SI BIEN MIS OPINIONES PUEDEN SER DURAS , ACIDAS , CRITICAS , SON EN EL FONDO CONSTRUCTIVAS Y BASADAS EN DATOS Y EN HECHOS Y NUNCA BUSCAN DESCALIFICAR A NADIE EN LO PARTICULAR , PERO SUPONIENDO SIN CONCEDER , QUE ASI FUERA , ESTE ES UN PAIS LIBRE Y LA CONSTITUCION DEFIENDE EL DERECHO DE LAS IDEAS Y DE EXPRESARLAS LIBREMENTE , POR CUALQUIER MEDIO .
DEFENDERE POR TODOS LOS MEDIOS INCLUSIVE LOS JUDICIALES, MI DERECHO A LA LIBERTAD DE OPINION Y EXPRESION.
REITERO MIS RESPETOS A TODOS Y CADA UNO DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD BLUSERA.MUSICOS, ORGANIZADORES ,PROMOTORES ,CRITICOS Y HAGO VOTOS POR QUE EL BLUES NACIONAL SUBA SU NIVEL.
LAS AMENAZAS , LAS GROSERIAS Y LOS INSULTOS EN NADA ABONAN PARA EL DESARROLLO DE LA CULTURA Y LAS ARTES .

La libertad de expresión es un DERECHO FUNDAMENTAL y/o un DERECHO HUMANO , señalado en el artículo 19º de la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS de 1948, y las CONSTITUCIONES de los sistemas DEMOCRATICOS , también lo señalan. De ella deriva la LIBERTAD DE IMPRENTA ,también llamada libertad de prensa.
El derecho a la libertad de expresión es definido como un medio para la libre difusión de las ideas, y así fue concebido durante la ILUSTRACION . Para FILOSOFOS como Pach, MONTESQUIEU ,VOLTAIRE y ROSSEAU.
la posibilidad del disenso fomenta el avance de las artes y las ciencias y la auténtica participación política. Fue uno de los pilares de la GUERRA DE LA INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS y la REVOLUCION FRANCESA , hechos que revolvieron las cortes de los demás estados occidentales.
En el Artículo 19 de la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS se lee:
"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."

La "CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS o Pacto de San José de Costa Rica" de 1969, en el Artículo 13. señala:
Libertad de pensamiento y de expresión.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.
Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:
a) El respeto a los derechos o la reputación de los demás, o
b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.
4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.
5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión u origen nacional."
JUAN AVILA .

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